Consultoría energética
Antes de contratar una consultora, mira si tu problema cabe en una factura.
Debajo de ese nombre caben cosas muy distintas: desde leer la factura de la luz de un local hasta un proyecto de un año con medidas, obra y seguimiento. Te cuento qué hace cada una, cómo se cobran y cómo saber cuál necesitas. Si es que necesitas alguna.
Qué hace una consultoría energética
Mira lo que tu empresa paga por la energía y busca dónde se está yendo el dinero. Ahí caben desde una tarde de trabajo hasta un año de proyecto, y esa horquilla es justo el problema de la palabra.
El trabajo, sea quien sea quien lo haga, se ordena en tres capas. Van de la más barata de tocar a la más cara, y casi todo el dinero fácil está en las dos primeras.
- El contratoQué potencia tienes contratada en cada periodo, qué peaje te aplican, qué precio pagas por la energía y hasta cuándo. Se cambia con papeles, no con obra. Es donde más veces aparece dinero suelto, porque casi nadie ha vuelto a mirar ese contrato desde que lo firmó.
- La facturaSi lo que te cobran corresponde con lo que has contratado. Excesos de potencia, energía reactiva penalizada, un alquiler de equipo que sigue apareciendo años después de que el equipo sea tuyo. Aquí no se cambia nada: se comprueba.
- El consumoCuándo gastas y en qué. Esta es la capa cara: hace falta medir durante meses, y las medidas que salen —cambiar equipos, mover turnos, poner compensación de reactiva, instalar placas— cuestan dinero antes de devolverlo.
Lo que hago yo son las dos primeras, y las hago leyendo tus facturas. La tercera necesita alguien que vaya a tu nave con un aparato, y ese no soy yo.
En qué se diferencia de una asesoría energética
Legalmente, en nada. Ninguna de las dos palabras está protegida: no hay título, no hay colegio y no hay registro. Cualquiera puede poner «consultora energética» en una tarjeta esta tarde, y por eso la palabra no te sirve para elegir.
Que conste que sí existe una figura del sector con requisitos escritos, y sirve para ver el contraste. Para firmar una auditoría energética hay que ser auditor energético, y el Real Decreto 56/2016 dice en su artículo 8 qué hace falta: una titulación universitaria con conocimientos de energía —o formación profesional equivalente— y haber superado un curso específico impartido por una entidad reconocida. Las auditorías, además, se anotan en un registro administrativo. Consultor y asesor no tienen nada de eso: ni curso, ni registro, ni nadie que compruebe qué sabes.
Así que la diferencia útil no está en el nombre, está en qué te llevas a casa. Y ahí sí se separan bastante:
| Lo que suele llamarse asesoría | Lo que suele llamarse consultoría | |
|---|---|---|
| De dónde parte | De tus facturas | De tus facturas y de mediciones nuevas |
| Qué te devuelve | Un análisis y una recomendación | Un plan por fases, con inversión y plazos de amortización |
| Cuánto dura | Días | Meses, y a veces con seguimiento contratado |
| Quién paga | Casi siempre la comercializadora, por comisión | Casi siempre tú, por honorarios |
| Para quién tiene sentido | Un suministro, o unos pocos, y factura de tamaño normal | Varios suministros, alta tensión o mucho proceso industrial |
Esa tabla no es una norma, es cómo se usan las palabras en el mercado. La buscarás escrita de cuatro maneras —consultoría energética, consultoras energéticas, gestoría energética, asesoramiento energético— y detrás hay empresas que hacen exactamente lo mismo con distinto rótulo.
Lo que hago yo está en la columna de la izquierda, y me parece más honesto decirlo que estirar la palabra. Leo tus facturas, te contesto por escrito y ahí acaba mi trabajo. Si de lo que hablamos es de medir tu proceso durante seis meses, lo que necesitas es una ingeniería, y te lo diré en cuanto vea la primera factura.
Cuánto cuesta, y quién lo paga
Hay tres maneras de cobrar esto. La pregunta que conviene hacer antes de firmar nada no es cuánto cuesta, es quién le paga a quien te está aconsejando.
- HonorariosPagas tú, por horas o por proyecto cerrado. Es lo más caro por delante y lo más limpio por detrás: quien cobra de ti no gana nada por llevarte a una compañía concreta. Si tienes varios suministros y el gasto es serio, suele ser la opción que sale a cuenta.
- Comisión de la comercializadoraNo pagas nada y quien te asesora cobra si acabas contratando. Funciona, y es lo más común en empresas pequeñas, pero tiene una consecuencia que hay que mirar de frente: si no cambias, no cobra. Conviene saberlo para leer la recomendación con esa información delante.
- Un porcentaje del ahorroEl «cobro solo si te ahorro». Aquí está la letra pequeña de verdad, y cabe en una pregunta: ¿ahorro comparado con qué? Si la referencia es tu factura del año pasado, cualquier bajada del mercado cuenta como mérito suyo. Si la referencia es la mejor oferta que había el día de la firma, entonces sí mide su trabajo. Esa base de comparación tiene que estar escrita en el contrato antes de que empieces.
Aquí es la segunda. No me pagas tú: cobro de la comercializadora cuando alguien acaba contratando con ella. Va en un apartado propio, y no en un asterisco del pie, porque es lo que te permite juzgar lo que te recomiendo. Y cuando de tus facturas sale que estás bien donde estás, te lo escribo igual. Prefiero quedarme sin cobrar una vez que tenerte de vuelta a los tres meses arrepentido.
Cuándo le compensa a una pyme, y cuándo no
Se decide con un dato que tienes ahora mismo en la factura: el peaje. Son tres, están definidos por la Circular 3/2020 de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, y cada uno te coloca en un sitio distinto de esta conversación.
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2.0TD
Baja tensión con 15 kW contratados o menos, en todos los periodos
Oficinas, peluquerías, tiendas, bares pequeños. Tu factura tiene tres periodos de energía y dos de potencia, y no lleva ni maxímetro ni reactiva. Aquí no hace falta una consultora. Hace falta que alguien lea esa factura una vez, despacio. Contratar meses de trabajo para un suministro 2.0TD sale más caro que lo que se puede rascar dentro.
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3.0TD
Baja tensión con más de 15 kW en alguno de los seis periodos
Aquí cambia el tamaño del problema. Seis periodos de potencia y seis de energía, con lo que una potencia mal repartida entre ellos se paga todos los meses del año. Y entran dos cosas que en el recibo de una vivienda no aparecen nunca: los excesos de potencia y la energía reactiva. Es el tramo donde leer con calma unas cuantas facturas seguidas suele dar algo.
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6.1TD
Alta tensión, por encima de 1 kV y por debajo de 30 kV
Industria, naves con transformador propio, instalaciones grandes. Con este peaje ya hay volumen suficiente para que un proyecto de verdad —medir, proponer, ejecutar— se pague solo. Aquí la consultoría con honorarios tiene todo el sentido.
Y los cuatro casos en los que te diría que no
- Estás dentro de una permanencia. La penalización por salir se come el ahorro, y a veces lo supera. Toca apuntar cuándo vence el contrato y volver a esto un mes antes.
- El problema son los impuestos. El impuesto eléctrico y el IVA se aplican igual a todo el mundo y no se negocian con nadie. Quien te venda una rebaja por ese lado te está vendiendo humo.
- Un único suministro 2.0TD y consumo pequeño. Lo que hay dentro son tres o cuatro euros mensuales, que no pagan ni el rato de tramitar el cambio.
- Te enseñan un plan sin haber visto una factura tuya. De todas las señales, esta es la que no falla nunca. Un ahorro calculado antes de conocer tu peaje, tu potencia y tus periodos es un folleto al que le han puesto tu nombre encima.
Qué te tiene que entregar por escrito
Si lo que te dan es un PDF bonito con un porcentaje grande y ningún dato tuyo dentro, no es un informe: es una propuesta comercial con otra tipografía.
Da igual que sea consultoría, asesoría o gestoría, y da igual quién pague. Un trabajo que se pueda comprobar lleva estas seis cosas, y las lleva escritas:
- 1 · De dónde partíasTu CUPS, tu peaje, la potencia contratada en cada periodo, el consumo de cada periodo y los precios de tu contrato actual. Sin este punto no hay nada que comparar, y es justo el que más veces falta.
- 2 · Qué te proponen, con los mismos periodosPrecio a precio y periodo a periodo, puesto al lado de lo anterior. Si la propuesta viene con un precio medio y lo tuyo venía desglosado, la comparación no se sostiene.
- 3 · La cuenta del ahorro, hechaNo el resultado: la cuenta. Con qué consumo se ha calculado y contra qué se compara. Si el número sale de un consumo distinto al tuyo, ese ahorro no es tuyo.
- 4 · Qué pasa si tu consumo cambiaUna empresa que abre los sábados en verano o para en agosto no consume igual todo el año. Un informe serio dice qué le pasa a ese ahorro cuando el consumo se mueve.
- 5 · La letra pequeña del contrato nuevoCuánto dura el precio, si hay permanencia, qué cuesta salir y qué pasa cuando termina la promoción. Un ahorro de doce meses que se convierte en un sobrecoste el trece no es un ahorro.
- 6 · Quién cobra, cuánto y de quiénSi tu asesor cobra comisión, tienes derecho a saberlo. No es un dato incómodo: es lo que te permite leer la recomendación con criterio.
Pide estas seis antes de firmar. Si alguna no aparece, pregúntala por escrito y guarda la respuesta.
Si te han llamado ofreciéndote todo esto
Que esa llamada sea legal o no depende de algo que casi nadie explica bien: de si quien figura en el contrato es una persona o una sociedad.
El Real Decreto 88/2026 cerró la puerta a la venta telefónica de luz que nadie ha pedido, y lo hizo con un límite escrito dentro del propio artículo 13.y): protege al consumidor persona física. Un autónomo lo es, y queda dentro. Una sociedad limitada, no. Al fijo de tu empresa se puede llamar aunque nunca hayas pedido que lo hagan, y por ese lado no hay infracción ninguna.
Lo demás no cambia. Quien marca sigue obligado a identificarse y a decir que llama para venderte algo. Y a colgar en cuanto le digas que ahí lo dejas. La grabación de la llamada es obligatoria y se guarda: si el precio que te contaron y el que llegó en la factura no coinciden, ese audio existe y se puede reclamar.
La página de al lado va justo de eso: de dónde salió tu número, los cuatro escalones para cortar las llamadas y el agujero legal que hace que la Lista Robinson no frene precisamente a quien más insiste.
Por dónde empezar sin gastarte nada
Manda la última factura de tu empresa y te digo en qué capa de las tres está tu problema. Si es la tercera, te lo diré también, y ahí ya no te sirvo yo.
No hace falta que decidas antes si esto es una consultoría, una asesoría o ninguna de las dos. Con una factura delante se ve enseguida: el peaje dice el tamaño, los periodos dicen si la potencia está bien repartida y las líneas de exceso y reactiva dicen si hay dinero encima de la mesa.
Sin teléfono en el formulario, así que no hay llamada posible. La respuesta va por correo en 24 o 48 horas.
Verificado el 28 de agosto de 2026 · Circular 3/2020 de la CNMC, art. 6.2 (BOE-A-2020-1066, «BOE» de 24/01/2020, texto consolidado) para los tres peajes y sus umbrales · RD 56/2016, art. 8, requisitos del auditor energético (BOE-A-2016-1460, texto consolidado tras el RD 390/2021) · RD 88/2026, art. 13.y) (BOE-A-2026-3212, «BOE» núm. 38 de 12/02/2026, texto inicial sin modificaciones) · próxima revisión: antes de publicar.